Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con atribuciones y a disposición e cualquier interesado, conforme a lo siguiente:
Fracción I El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas entre otros.
Fracción II Su estructura organica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Fracción III Las facultades de cada Área.
Fracción IV Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas.
Fracción V Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones deban establecer.
Fracción VI Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
Fracción VII El directorio de todos los servidores públicos, a partir de nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base.
Fracción VIII La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las precepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.
Fracción IX Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.
Fracción X El número total de plazas y del personal de base y de confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto para cada unidad Administrativa.
Fracción XI Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
Fracción XII La información en Versión Pública de las declaraciones patrimoniales de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable.
No Aplica. El sujeto obligado que genera y administra el registro de situación patrimonial es la Contraloría General del Estado, de acuerdo al artículo 78 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Veracruz.Fracción XIII El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.
Fracción XIV Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.
Fracción XV La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsdio. No Aplica. El Insituto no tiene factultades para desarrollar o ejecutar programas de subsidios, estímulos y apoyos.
Fracción XVI Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relacioneslaborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregagos a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Fracción XVII La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones Administrativas de que haya sido objeto.
Fracción XVIII El listado de Servidores Públicos con sanciones Administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
Fracción XIX Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.
Fracción XX Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen. Fracción XXI La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable Fracción XXII La información relativa a la deuda pública en términos de la normatividad aplicable No Aplica. El artículo 323 del Código Financiero para el Estado de Veracruz y el 20 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que la Secretaría de Finanzas y Planeación es la responsable del control y publicación de la deuda pública. Fracción XXIII Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña. Los Lineamientos para la Aplicación de Recursos Públicos en Materia de Servicios de Publicidad, Información, Difusión y en General de las Actividades de comunicación social del Poder Ehecutivo, establece que la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Coordinación General de Comunicación Social son los encargados de la aplicación de recursos en materia de servicios de publicidad, información, difusión y en general de las actividades de comunicación social. Fracción XXIV Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan. Fracción XXV El resultado de la dictaminación de los estados financieros. Fracción XXVI Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos. No Aplica. Toda vez que este Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado no realiza este tipo de actos de autoridad de acuerdo a su decreto de creación. Fracción XXVII Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias, o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos. Fracción XXVIII
La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siquiente:
Además de lo señalado en el artículo 15 de la presente ley, las instituciones de educación superior públicas dotadas de autonomía deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Fracción I Los planes y programas de estudio según el sistema que ofrecen, ya sea escolarizado o abierto, con las áreas de conocimiento, el perfil profesional de quien cursa el plan de estudios, la duración del programa con las asignaturas y su valor en créditos. Fracción II Toda la Información relacionada con sus procedimientos administrativos. Fracción III La remuneración de los profesores, incluyendo los estímulos al desempeño, nivel y monto. Fracción IV La lista con los profesores con licencia o en año sabático. Fracción V El listado de las becas y apoyos que se otorgan, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlos. Fracción VI Las convocatorias de los cursos de oposición. Fracción VII La información relativa a los procesos de selección de los consejos. Fracción VIII El resultado de las evaluaciones del cuerpo docente. Fracción IX El listado de las instituciones incorporadas y requisitos de incorporación. Fracción X Los estados de su situación financiera, señalando su activo en propiedades y equipo, inversiones patrimoniales y fideicomisos, efectivo y los demás que apliquen para conocer el estado que guarda su patrimonio.Dirección electrónica para recibir correspondencia o solicitudes de acceso: uai@itsx.edu.mx
Horario de la unidad de acceso a la información pública: 09:00 a 17:00 hrs.